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¿Sufrió un accidente y no puede trabajar más? Así podrá obtener la pensión de invalidez

Expertos hablan la importancia de reconocer los derechos en caso de sufrir un accidente o enfermedad que lo puede dejar con incapacidad laboral.

Laura Moreno

Sí ha perdido el 50 % o más de su capacidad laboral por cualquier causa de origen, como un accidente o una enfermedad, podrá obtener una pensión por invalidez. 

Si se alcanza un porcentaje menor, podrá ser reintegrado al trabajo o recibir alguna indemnización, esto en caso de haber sufrido un accidente o incapacidad laboral. Para acceder a este seguro se debe cumplir con el requisito de aportes cotizados.

¿Qué es la pensión de invalidez?

Es una la prestación de un dinero que le ayudará económicamente. Este seguro lo ampara ante un accidente o enfermedad si queda con incapacidad de manera permanente.

El monto mensual de este seguro depende del Ingreso Base de Liquidación (IBL), según las semanas cotizadas acreditadas. Sin embargo, no podrá ser superior al 75 % del IBL, ni inferior al salario mínimo legal mensual vigente.

¿Quién califica la invalidez? 

Según la ley 962 de 2005 estableció que quien califica en primera instancia es la Aseguradora con la que se tiene constituido el Seguro Provisional. Además, también existen mecanismos como un comité de médicos interdisciplinarios conformado por un grupo de especialistas en el área de salud que trabajan para cada compañía.

Tenga en cuenta que este tipo de seguro aplica para todo el sistema pensional es decir, tanto para régimen público como régimen privado.

¿Cuáles son los requisitos? 

  • Tener una pérdida de capacidad laboral del 50 % o más, por enfermedad o accidente común
  • Haber cotizado por lo menos 50 semanas en los 3 años previos antes de la fecha del proceso de invalidez
  • Que la invalidez no haya sido ocasionada intencionalmente

¿Cuánto dura la pensión por invalidez? 

La persona con invalidez laboral deberá ser valorado cada tres años, dentro de este procedimiento se puede llegar a varias conclusiones:

La primera es que la persona haya aumentado o disminuido el porcentaje de su capacidad, en caso de que esto suceda se deberá establecer un nuevo valor al monto del seguro. Y la segunda es que la persona haya recuperado su capacidad laboral, por lo que se le suspenderá la pensión por invalidez.

En el podcast de Caracol Radio ‘Le Tengo el Caso, Educación Jurídica Gratuita’, la abogada Carolina Ramírez, dialogó con expertos sobre el tema y habló sobre la importancia de conocer nuestros derechos en caso de sufrir algún accidente.

Para conocer más detalles, escuche el audio completo:

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