A través de una circular, el Ministerio de Salud, en conjunto con el Ministerio de Trabajo, dio a conocer nuevas directrices para contextos laborales en caso de que un empleado se contagie de Covid-19.
De acuerdo con el documento, tanto las personas que presenten síntomas como: flujo nasal, dolor de cabeza, fiebre o malestar general, así como los asintomáticos, los empleadores deberán permitir el aislamiento inmediato del trabajador.
Así mismo, el médico tratante podrá expedir una incapacidad temporal, sin necesidad de realizarle prueba diagnóstica.
El ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, fue enfático al decir que «esta incapacidad se rige bajo la normativa de cualquier otra incapacidad médica con las características que esta implica».
Así mismo, indicaron que el doctor tratante deberá indagar sobre la actividad laboral que realiza el paciente y la posibilidad de hacer teletrabajo.
En caso de que el tipo de funciones que realizan no le permiten hacer trabajo en casa, el médico deberá expedir un certificado temporal para que el empleado se aísle durante los 7 días reglamentados por el Ministerio de Salud.
El @MinSaludCol y @MintrabajoCol expiden circular conjunta que define instrucciones para la expedición de incapacidades, de acuerdo con los lineamientos de aislamiento. El ministro @Fruizgomez explicó los detalles. pic.twitter.com/GQMcAnQm0A
— MinSaludCol (@MinSaludCol) January 14, 2022
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