“Contribuir a la equidad, progresividad y eficiencia del sistema impositivo en Colombia mediante herramientas para fortalecer la tributación y robustecer los ingresos del Estado”, es lo que se quiere lograr, según las palabras del Ministro.
El cobro de tarifas adicionales se dará a bebidas azucaradas, como también diferentes productos comestibles, según la propuesta de incremento son a dos categorías que el Ministro de Hacienda nombró: “Bebidas ultraprocesadas azucaradas” y “Productos comestibles ultraprocesados”.
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Uno de los primeros puntos mencionados la nueva ley de inversión social es que se cobrará un impuesto adicional a gaseosas y refrescos como: bebidas deportivas, aguas endulzadas o saborizadas; aguas carbonatadas, bebidas a base de malta y néctares; y bebidas energizantes.
¿Cómo funcionará el incremento en las bebidas?
Acá entran productos como el salchichón, la salchicha, chorizo, longaniza, salami, morcilla, fiambres, entre otros.
En la lista figuran estos productos también por su exceso de azúcar. Entre los productos están los ponqués, gomas, chocolates, obleas, bizcochos, chicles, confites; en esta misma categoría entrar los ‘snacks’ como las papas fritas de paquete, galletas, nachos o cualquier pasaboca en empaque.
Harinas, sopas y productos que contengan cacao, edulcolorantes o adición de azúcar. También las coberturas para los productos de pastelería o preparación de endulzantes, cremas, salsas y manjares.
¿Cómo funcionará el incremento a estos alimentos?
La tarifa para estos productos son del 10 %.
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