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¿Cómo se calcula el descuento de salud y pensión?

Estos pagos se deben de hacer de manera obligatoria como independiente o empleado.

Daniela González
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Créditos: Getty Images
Colombia es un país donde el gobierno nacional ya tiene establecidas las semanas y la edad obligatoria que debe tener cada persona para poder acceder a la pensión, en el caso de los hombres es cuando tiene 62 años cumplidos y en el de las mujeres a los 57 años. 

Esta es una normal que nadie se puede saltar si quiere acceder a la pensión por vejez. Sin embargo, para que esto pase deben estar afiliadas a un fondo de pensiones, sin importar si este es privado o público y cumplir con lo establecido por la norma. 

Además, en Colombia todas las personas tienen derecho a la salud, ya sea por medio del Sisbén, el cual presta servicios en salud a las personas que no tenga la forma de pagar o por pagos con la entidad con la que trabaja.

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Sin importar el tipo de contrato que usted tenga, es una obligación realizar los pagos en salud, estos se pueden hacer por medio de la empresa en algunos casos o como independiente directamente con la entidad promotora de salud (EPS). 

Tanto salud como pensión son dos pagos que se deben realizar de manera obligatoria mes a mes y en caso de no tener los medios para poder efectuar el pago, debe darlo a conocer a las entidades públicas para que usted pueda ser atendido en cualquiera de los centros médicos públicos del país de forma gratuita por medio del Sisbén. 

¿Cuánto se debe pagar por salud y pensión en Colombia? 

Para el caso de las personas que trabajan con una empresa y tiene un contrato a término fijo o indefinido, el pago correspondiente a salud y pensión se comparte con la entidad y el usuario no es el encargado de pagar el 100% 

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Para el caso de salud, el trabajador es responsable del pago del 4% y el empleador se hace cargo del 8.5%. Para pensión, el trabajador tiene el 4% y la empresa el 12%.

Estos porcentajes están establecidos por la ley y no son modificables, lo que sí cambia es la base de cotización a la cual se le va a devengar este dinero mes a mes. El salario no puede ser inferior al mínimo legal vigente establecido por el gobierno en Colombia, ni superior a los 25 SMLV

Aquellos que tengan un salario superior a los cuatro SMLV deben hacer un aporte adicional del 1% el cual es destinado para el Fondo de Solidaridad Pensional y este se calcula según el sueldo base de cada trabajador. 

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