Reforma Pensional

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¿A quiénes no les aplica la Reforma Pensional? Esto dice el texto aprobado

La Reforma Pensional fue aprobada en el Congreso y comenzará a regir a partir del 1 de julio de 2025.

jcarreno
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El pasado 14 de junio se aprobó la Reforma Pensional en la Cámara de Representantes, luego de que en el mes de abril la aprobara el Senado de la República. Este nuevo modelo de pilares comenzará a regir a partir del 1 de julio y contempla un sistema de cuatro pilares: Solidario, Semicontributivo, Contributivo y Voluntario.

De acuerdo con el texto, el Pilar Solidario va dirigido para adultos mayores de 60 para mujeres y 65 años para hombres que no cuentan con una pensión y se encuentran en pobreza extrema, pobreza monetaria y vulnerabilidad. De acuerdo con el Gobierno, esta población recibirá una renta de 223 mil pesos, lo cual representa un monto “tres veces superior al subsidio que otorga el programa ‘Colombia Mayor’”.

Luego viene el pilar semicontributivo, que busca otorgarle una renta a personas que no pudieron acceder a una pensión, pero que cotizaron semanas en Colpensiones o en las AFP. Este pilar también va dirigido para hombres de 65 años y mujeres de 60. El beneficio para esta población será cubierto por sus propios aportes y otra parte cubierta por el Estado.

El Pilar contributivo es el grueso de la Reforma, ya que allí se cobijan a todos los cotizantes del país: trabajadores dependientes o independientes, servidores públicos o personas con capacidad de pago. Este pilar está desglosado en dos componentes con un umbral. Prima media y ahorro individual.

Quienes ganen menos de 2.3 salarios mínimos mensuales legales vigentes, es decir, unos 2.9 millones de pesos, pasarán a cotizar a Colpensiones. Quienes ganen más de 2.3 SMMLV, cotizarán lo equivalente de ese monto a Colpensiones y el excedente irá a la AFP de su predilección. Es importante aclarar que con la Reforma pensional no se modifica la edad de pensión: 57 años para mujeres y 62 para hombres.

Finalmente, la Reforma contempla el Pilar Voluntario dirigido a las personas con capacidad realizar un aporte adicional y así garantizar una mejor pensión para la vejez.

¿Para quiénes no aplica la Reforma Pensional?

  • Para los trabajadores (hombres) que tengan más de 900 semanas cotizadas en Colpensiones o AFP.
  • Para las trabajadoras (mujeres) que han cotizado más de 750 semanas cotizadas en Colpensiones o AFP.

Esta población quedará en el modelo actual si cumple con esta condición al momento en el que comience a regir la Reforma Pensional el 1 de julio de 2025.

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