La declaración de renta es el impuesto en el que personas jurídicas y naturales presentan un registro detallado de sus ingresos, gastos, patrimonio y transferencias financieras. Para el año gravable 2023, las personas naturales tienen el plazo del 12 de agosto al 24 de octubre donde cada fecha está estipulada para los contribuyentes de acuerdo con los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria.
La declaración de renta se puede realizar desde la página web de la DIAN diligenciando de manera detallada y precisa el formulario 2010, donde además podrá encontrar la opción de declaración sugerida, esta herramienta dispuesta por el ente recaudador con base en la información exógena, es decir, la registrada por terceros.
De acuerdo con la DIAN, estas son las personas que deben declarar renta en el año 2024:
Según el portal Tributi, el saldo a favor básicamente es el monto de dinero que le queda debiendo la DIAN al contribuyente una vez finalizado el pago de impuestos, en este caso, la declaración de renta. Quiere decir que el declarante pagó de lo que debía y, en ese orden de ideas, tiene derecho a la devolución o compensación.
A pesar de lo que algunos creen, tener un saldo a favor después de la declaración de renta es algo habitual. Muchas personas quedan con saldos a favor cada año y esto, según el medio citado, puede atribuirse a las retenciones en la fuente o errores en el cálculo de lo que en realidad se debe pagar, pues recordemos que el impuesto sobre las actividades financieras del año anterior no es igual a lo que se liquida al final.
La DIAN tiene dispuesto un sistema exclusivo para las devoluciones. Debe ingresar como usuario registrado al servicio transaccional y en el menú desplegable encontrará una opción llamada ‘Procedimiento de Devolución y Compensación’. Una vez haya ingresado, tiene tres opciones: solicitud, formalización de la solicitud y desistimiento.
Debe elegir primero la solicitud y en concepto debe seleccionar saldo a favor. Posteriormente debe elegir el impuesto sobre la renta, proceso similar al impuesto sobre las ventas. Para llevar a cabo la solicitud debe elegir la obligación con saldo a favor y diligenciar todos los campos donde le pedirán el número de documento que reconoce el saldo y valor a solicitar.
Una vez creada la solicitud debe indicar otros datos como el banco y número de la cuenta donde se desea recibir el saldo a favor. El sistema arrojará un número de documento para formalizar la solicitud. Luego de formalizarla, le arrojará el número de solitud junto al número de expediente abierto, este último permite consultar el estado de la solicitud.
Posteriormente, debe ingresar a la opción ‘Anexar’ donde debe diligenciar la relación de las retenciones que soportan el saldo a favor. Por medio de la opción ‘Consultar’ podrá anexar los documentos y al final deberá dar clic en el botón ‘radicar’.
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