Los trabajadores que usualmente laboran en una oficina o pasan mucho tiempo frente a una pantalla de computador, con frecuencia suelen utilizar lentes o gafas para contrarrestar los efectos de la luz azul o para corregir condiciones como astigmatismo, miopía, hipermetropía, entre otras imperfecciones. Precisamente para eso, los trabajadores pueden solicitar un auxilio para comprar gafas formuladas por la EPS o también a la empresa en la laboran si esta tiene el beneficio extralegal.
Si la persona quiere solicitar el auxilio por EPS, debe estar afiliada ya sea por el régimen contributivo o subsidiado, donde tienen derecho al Plan de Beneficios en Salud (PBS), el cual busca “la promoción, fomento de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de patologías”.
En ese orden de ideas, el PBS cubre lentes correctores externos en vidrio o plástico. En caso de solicitarlos a través de la EPS, el afiliado debe cumplir una serie de condiciones, según explica el Minsalud:
Para el Régimen Contributivo:
Para defectos que disminuyan la agudeza visual, se cubren 1 vez cada año en las personas de 12 años o menos y una vez cada 5 años en los mayores de 12 años, siempre por prescripción de un médico u optómetra. La cobertura incluye la adaptación del lente formulado a la montura; el valor de la montura corre a cargo del usuario.
Para el Régimen subsidiado:
Explica también el Minsalud que esto no cubre filtros, colores, películas especiales, lentes de contacto o líquidos para lentes.
Existen compañías en Colombia que tienen dentro de sus beneficios auxilios para estudio, calamidades domésticas o en este caso, las gafas. Usualmente estos beneficios son extralegales, es decir, que no es contemplado en la ley y no es obligatorio.
Para las empresas que sí tienen este beneficio, el trámite debe realizarse ante el departamento de Recursos Humanos. Debe enviar un correo a dicha área con el formato diligenciado que tenga dispuesto la compañía para el auxilio. Además, debe adjuntar la copia de la prescripción emitida por el consultorio o EPS con fecha de expedición no mayor a 60 días a la fecha de solicitud. También debe anexar la factura sin saldos pendientes o cotización donde se especifique el valor de los lentes formulados por el profesional de salud. En el caso de algunas empresas, el beneficio podría cubrir hasta el 60% de un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.
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