Esta declaración le permite a la entidad calcular cuál será la contribución en impuestos que debe realizar cada persona, sea natural o jurídica, al Estado, pues dicho valor se basa en la situación financiera del año anterior de cada contribuyente.
De acuerdo con el calendario tributario de la DIAN para este 2024, entre el 12 de agosto y el 24 de octubre vencen los plazos para que las personas naturales presenten su declaración de renta del año gravable 2023.
Cabe resaltar que este trámite debe ser realizado en las fechas estipuladas por la entidad, o de lo contrario podría recibir una multa por no declarar a tiempo.
Tenga en cuenta que no es la misma fecha para todos, sino que depende de los dos últimos dígitos de cédula de ciudadanía.
Al ser un deber decretado por ley, las personas naturales que no declaren renta o lo hagan fuera de la fecha establecida serán sancionadas con una multa monetaria.
Pero, si después de hacer la declaración no tiene un valor por pagar, la sanción se calcula con base al 0,5 % de sus ingresos brutos.
De acuerdo con lo señalado en el artículo 639 del Estatuto Tributario, la sanción mínima estipulada para el 2024 será de 471.000 pesos.
Cabe resaltar que, para este año, el tope que regirá para declarar renta con aquellas personas que sumaron $59′377.000 de ingresos durante todo el año.
Para saber si debe declarar renta o no, debe ingresar a www.dian.gov.co en el botón de “transaccional”.