La cédula de ciudadanía es el documento mediante el cual los colombianos y colombianas se identifican ante las autoridades, entidades públicas y privadas y también es la que le otorga los derechos a un ciudadano para ejercer el voto. Hace aproximadamente 4 años se lanzó la versión digital del documento, que también es expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil y que cuenta con múltiples beneficios.
Dentro de los aspectos más relevantes para obtener la cédula digital están: mayor seguridad, imposibilidad para la falsificación, autenticación biométrica, identificación no presencial en trámites a través de la web, confianza y permite la verificación de identidad de forma segura por parte de las autoridades.
También hay que decir que para tenerla en su celular solo tiene que descargar la app ‘Cédula Digital Colombia’ y no es necesario estar conectado a internet para tenerla a la mano. Además, este documento digital también hace las veces de pasaporte en aquellos países que componen la Comunidad Andina de Naciones como: Perú, Ecuador, Chile, Bolivia, Uruguay, Paraguay, Brasil y Argentina.
Para tramitar la cédula digital, las personas pueden acceder a todas las Registradurías del país y a los 52 consulados de Colombia en el exterior. Para quienes cumplen la mayoría de edad y van a sacar su cédula por primera vez, el documento tanto físico como digital es totalmente gratuito. Para quienes deseen sacar el duplicado o ya tengan la física y requieran la digital, el costo es de $68.900.
Además de los ciudadanos que cumplen la mayoría de edad en 2025 (18 años), hay unas excepciones y grupos específicos que, de acuerdo con las disposiciones legales, tienen beneficios de exoneración del pago de los servicios de “registro civil e identificación de los colombianos, incluyendo a aquellos residentes en el exterior”.
Haciendo la salvedad que estos grupos de personas tienen el derecho por una sola vez. Entendiendo lo anterior, estos son algunos ciudadanos que están exonerados a los cobros de la Registraduría anteriormente mencionados.
En los siguientes grupos, la autorización de la exoneración depende de los delegados departamentales, registradores distritales o cónsules. La solicitud tendrá respuesta dentro de los 3 días siguientes indicando si es viable o no la ecxoneración.
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