Según el diario El Tiempo, la DIAN recaudó cerca de 21.7 billones de pesos, de los que 5.5 billones se recaudaron por los saldos que tuvieron que sufragar cerca de 1.2 millones de contribuyentes, mientras que el resto lo hizo mediante el mecanismo de retención en la fuente.
El artículo 383 del Estatuto Tributario habla acerca de la retención en la fuente y, según la tabla para los ingresos laborales gravados, esta empieza a regir a partir de las 95 UVT, lo cual representa unos $4.471.175, cifra que se declara en 2025 sobre el año gravable 2024.
Es importante aclarar que el pago del impuesto consiste en una fórmula en la que influye la tarifa marginal. Por ejemplo, el rango que va desde 95 hasta 150 UVT la tarifa es del 19%, por lo que el impuesto será: “(Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos 95 UVT) x 19%”.
Por otro lado, también se debe tener en cuenta la depuración de la base gravable en términos de pagos obligatorios al fondo de pensiones y salud, un 8% en total. Además, los aportes a ARL que son del 1%. Según explica El Tiempo, se le podría deducir hasta el 25% como renta exenta al trabajador.
En ese orden de ideas, el medio citado indica que, si el empleado no tiene otro tipo de descuentos, la base gravable iniciaría en 4.7 millones de pesos, por lo que el trabajador debería devengar alrededor de 6.9 millones de pesos. Los trabajadores también pueden disminuir la base del impuesto si cuentan con deducciones de otros conceptos como intereses crediticios de vivienda o medicina prepagada, también cuando el empleado tiene hijos o personas a cargo y que tengan las condiciones para disminuir la retención. También los aportes voluntarios a fondos de pensiones.