De acuerdo con el calendario tributario de Colombia, del 12 de agosto al 24 de octubre, las personas naturales del país deberán realizar la declaración de renta ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Documento que registra los ingresos brutos, gastos, movimientos financieros y patrimonio que tuvo el contribuyente con corte del 31 de diciembre de 2023.
Es importante recordar que declarar renta es una obligación de los contribuyentes, pues es mediante el recaudo que el Gobierno puede financiar los diferentes proyectos incluidos en el plan de desarrollo. De igual manera, el estatuto tributario establece que quien no cumpla con esta obligación o lo haga de forma extemporánea, puede ser objeto de sanciones por parte de la entidad: “Deberán liquidar y pagar una sanción por cada mes o fracción de mes calendario de retardo, equivalente al cinco por ciento (5%) del total del impuesto a cargo o retención objeto de la declaración tributaria, sin exceder del ciento por ciento (100%) del impuesto o retención, según el caso”.
Es importante recordar que, para la declaración del impuesto en las fechas dispuestas, los contribuyentes son asignados de acuerdo con los últimos dos dígitos de la cédula o Número de Identificación Tributaria.
Luis Carlos Reyes, exdirector de la DIAN y ahora ministro de Comercio, explicó que difícilmente una persona que gane el mínimo o dos salarios mínimos y que además esa su única fuente de ingresos difícilmente deba declarar el impuesto de renta. En caso de que el empleado haya tenido un salario mensual aproximado de 4.9 millones de pesos en ingresos brutos durante todo el 2023, dijo Reyes: “Casi con seguridad, le toca declarar”.
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