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Crédito: Colprensa

Esto deben pagar por cuota moderadora los afiliados a EPS Sanitas, según su categoría

Eps Sanitas hizo un importante anuncio acerca de las cuotas moderadoras que deben pagar sus afiliados.

jcarreno
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La EPS Sanitas hizo un importante anuncio a sus afiliados acerca de la cuota moderadora en el régimen contributivo. Esta suma que deben pagar los pacientes por las citas médicas, medicamentos o realización de exámenes médicos. De acuerdo con un comunicado revelado por la entidad, a partir del primero de agosto de 2024, los afiliados deberán pagar la cuota moderadora a cada prestador que le suministre el servicio. “Esto quiere decir que las cuotas moderadoras no se pueden compartir entre diferentes entidades”, dijo Sanitas en su comunicado.

De otro lado, Sanitas también informó que desde el 15 de julio las líneas telefónicas de atención para agendamiento de citas médicas del Plan de Beneficios en Salud (PBS) en Centros Médicos Colsanitas tuvieron un cambio. Ahora se atiende de lunes a viernes de 7 de la mañana a 6 de la tarde y los sábados de 7 de la mañana a 12 del mediodía.

Es importante recordar que Sanitas tiene habilitada su página web para que desde allí los usuarios registrados puedan gestionar sus citas médicas. Medicina General, Pediatría, Planificación Familiar, Odontología y Optometría son algunas de las especialidades que se pueden solicitar a través de la página web. Además, se puede escoger la IPS para recibir la atención.

Cabe resaltar que, hasta el momento, la EPS Sanitas continúa prestando todos sus servicios con normalidad. Esto teniendo en cuenta la gran preocupación de millones de usuarios luego de la solicitud de retiro voluntario de entidades como Compensar y SURA, dos de las más importantes entidades promotoras de salud que existe en Colombia.

¿Cuánto pagan los afiliados de Sanitas por cuota moderadora según su categoría?

Son tres las categorías de afiliados que tiene EPS Sanitas, las cuales están distribuidas según lo devengado por el cotizante.

  • A             Afiliados con un IBC menor a dos (2) SMLMV         $ 4.500
  • B            Afiliados con un IBC entre dos (2) y cinco (5) SMLMV       $ 18.200
  • C            Afiliados con un IBC mayor a cinco (5) SMLMV     $ 47.700
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