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Estos son los pensionados que deben declarar renta ante la DIAN en 2024

¡Pilas! Conozca cuáles pensionados deben declarar el impuesto de Renta ante la DIAN en el segundo semestre de 2024.

jcarreno
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Pensionados DIAN
De acuerdo con el calendario tributario de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), el plazo para cumplir con las obligaciones tributarias, específicamente el impuesto sobre la renta para personas naturales va desde el 12 de agosto hasta el 24 de octubre, esto según los dos últimos dígitos de la cédula de ciudadanía, la cual determinará el día en que debe realizar la declaración y el pago según corresponda.

Vale la pena recordar que la declaración de renta es la recopilación de información financiera a la DIAN que incluye: ingresos, patrimonio y ganancias del año anterior. A partir de esta información se determina si el declarante debe pagar un determinado monto por concepto de renta.

Según el estatuto tributario, los pensionados y pensionadas en Colombia deben declarar renta en caso de cumplir las siguientes condiciones.

Tener un patrimonio bruto que al 31 de diciembre de 2023 haya superado los $190.854.000

Tener un total de compras y consumos superiores a los $59.377.000

Haber tenido consignaciones bancarias o inversiones financieras superiores a los $59.377.000.

Consumos con tarjeta de crédito superiores a $59.377.000.

Haber tenido ingresos por encima de los $59.377.000.

También es importante recordar que aquellas pensiones en las que se devengue mensualmente menos de 1.000 Unidades de Valor Tributario, es decir, alrededor de $47.065.000, no se encuentran gravadas con el impuesto de Renta, pero si exceden ese valor, tendrán que declarar.

Además, es importante que el pensionado o pensionada cuente con el Registro Único Tributario actualizado antes de declarar y tener en cuenta que deben tener este código 0020 Pensionados: “Personas naturales cuyos ingresos provengan de pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos laborales, así como de indemnizaciones sustitutivas de las pensiones o de devoluciones de saldos de ahorro pensional”.

En caso de que el pensionado o pensionado tenga otras actividades económicas o ingresos, estos deben estar consignados en el RUT, especificando las fechas en las cuales se llevó a cabo.

 

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