Pensión de sobrevivientes

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Estos son los requisitos y documentos para solicitar la pensión de sobrevivientes

Hay una figura llamada Pensión de Sobrevivientes que beneficia a determinados familiares del pensionado fallecido.

jcarreno
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De acuerdo con la Superintendencia Financiera de Colombia, en Colombia actualmente hay cerca de dos millones de pensionados en sus diferentes modalidades: vejez, invalidez y sobrevivencia. En el mismo informe se detalla que los pensionados que reciben una mesada cercana a los 2 salarios mínimos son el 90% de afiliados al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad y representan el 78 % de los que cotizaron y salieron pensionados en el régimen de Prima Media, administrado por Colpensiones.

Según el Ministerio de Justicia, la pensión de sobreviviente es la prestación económica que “busca garantizar a los familiares de una persona fallecida la estabilidad económica suficiente para asegurar su subsistencia en condiciones dignas”. No obstante, para solicitarla se deben cumplir una serie de requisitos que ordena la ley.

Para empezar, hay que esclarecer quiénes pueden ser beneficiarios de la pensión de sobrevivientes tras el fallecimiento de un pensionado: cónyuge o compañero(a) permanente, hijos menores o hijos que estén estudiando entre 18 y 25 años. Además, también lo pueden hacer hijos con discapacidad o padres y hermanos con discapacidad que dependían económicamente del pensionado. Estos últimos tienen el derecho si no hay cónyuge, compañero permanente, o hijos.

También explica el Minjusticia que la mesada, en caso de haber diferentes beneficiarios, se fraccionará: 50% para el cónyuge y 50% para los hijos. En caso de que el pensionado haya tenido una sociedad conyugal y después una relación permanente, se tendrá en cuenta el tiempo convivido para la fracción.

¿Cómo solicitar la pensión de sobrevivientes?

Luego de certificar el parentesco con el pensionado fallecido, se debe presentar una solicitud formal ante la AFP a la que estaba afiliado o a Colpensiones. Para el caso de la administradora pública debe anexar los siguientes documentos:

  • Copia del documento de identidad de los solicitantes.
  • Copia del documento de identidad del pensionado o afiliado y su certificado de defunción.
  • Para los cónyuges o compañeros permanentes: Copia auténtica de la partida eclesiástica de matrimonio o registro civil de matrimonio o la declaración juramentada de convivencia donde se indique el inicio de la convivencia.
  • Para los hijos: certificado estudiantil (mayores de 18 años), declaración de dependencia económica y certificados médicos (personas con discapacidad).
  • Declaración de dependencia económica de los padres y hermanos con discapacidad.

El fondo público estudiará la solicitud y el cumplimiento estricto de los requisitos. En caso de que la pensión de sobrevivientes sea aprobada, se informará cuál es el monto y la fecha inicio de pago de la mesada, junto con la resolución sobre la aprobación de la pensión.

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