Sisbén

Crédito: Colprensa

Grupos de Sisbén que NO reciben subsidios del Gobierno; ¿pueden pedir reclasificación?

El Sisbén IV tiene cuatro grupos de clasificación donde se ubican los hogares según su capacidad para generar ingresos.

jcarreno
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El Sisbén es el sistema de información o encuesta que permite identificar y clasificar a los hogares de Colombia según su situación socioeconómica. Se creó en 1997 y con este se busca focalizar y priorizar el gasto de los programas sociales. Actualmente se encuentra en vigencia la cuarta versión de este sistema, el cual clasifica a los hogares colombianos en cuatro grupos con sus respectivos subgrupos.

Grupos A, B, C y D componen el Sisbén IV. Siendo el A para hogares catalogados en condición de pobreza extrema, el B para hogares en condición de pobreza moderada, el C para hogares en condición de vulnerabilidad y, finalmente, el C que es para hogares que no son pobres ni vulnerables.

El grupo A va desde A1 hasta A5 y es uno de los que se ve mayoritariamente impactado por los programas sociales del Gobierno nacional. Por ejemplo, con el subsidio de Renta Ciudadana en sus líneas Valoración del Cuidado y Colombia sin Hambre. Además, del programa de Compensación del IVA.

Por otro lado, el grupo B va de B1 a B7 y este corresponde a los hogares en pobreza moderada. También es tenido en cuenta para programas sociales como: Mi Casa Ya, Devolución del Iva y Renta Ciudadana en algunos de sus subgrupos.

Los hogares vulnerables ubicados en el Grupo C (C1 hasta C18) del Sisbén tienen acceso a subsidios de vivienda, educación, salud y a programas como Colombia Mayor y Renta Joven. Finalmente, el grupo D del Sisbén es para todos aquellos que no son vulnerables ni tampoco están en condición de pobreza, va de D1 hasta D21 y solo podría acceder al programa Mi Casa Ya para postularse a un subsidio por 20 SMMLV hasta el subgrupo D20.

¿Se puede pedir reclasificación del Sisbén IV?

 

La clasificación en el Sisbén IV se realiza después de realizar la encuesta y esta se basa en la situación económica y capacidad de generación de ingresos del hogar. Sin embargo, si el hogar se encuentra en desacuerdo con la clasificación que hicieron desde la entidad, la entidad resalta que: “En caso de presentar inconformidad con la información actualizada vía registro administrativo, deberá acudir directamente a la fuente de la información para registrar cualquier novedad”.

Es pertinente aclarar que la información del Sisbén IV se puede actualizar a través de a través de los registros administrativos del Registro Social de Hogares y “su clasificación solo puede cambiar, si sus condiciones han cambiado. Recuerde que el ingreso al Sisbén por sí mismo no otorga el acceso a los programas sociales y, por tanto, ser beneficiario o no de un programa social no es responsabilidad del municipio, ni del DNP, si no de la entidad que emite las normas del programa”.

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