Este trámite se debe realizar en las fechas estipuladas por la entidad para evitar multas, por eso, la DIAN da a conocer anualmente su calendario tributario, tanto para personas naturales como jurídicas. Para el caso de las personas naturales, el plazo es del 12 de agosto al 24 de octubre y la fecha para la declaración depende de los últimos dos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT).
Precisamente sobre la declaración de renta muchos colombianos tienen algunas inquietudes, como si dentro de la misma se deben incluir los movimientos o transferencias realizadas a través de las aplicaciones o las llamadas billeteras financieras que, desde hace varios años, se han convertido en uno de los principales medios de pago y recepción de dinero para los colombianos.
Recordemos que actualmente las más utilizadas en el país son Nequi del grupo Bancolombia, Daviplata de Davivienda y Dale, perteneciente al Grupo Aval. El exdirector de la DIAN, Luis Carlos Reyes, ha sido enfático en este tema y a través de sus redes sociales ha dejado claro cuál es el monto de dinero anual que las personas debieron mover a través de las billeteras digitales para tener que declarar renta.
Según el artículo 594-3 del Estatuto Tributario, las personas no deben declarar renta por movimientos en estas plataformas si “el valor total acumulado de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, durante el año gravable no excede las 1.400 UVT”. Tenga en cuenta que el monto que aplica para el año fiscal 2023, y que se declara en 2024, es de $59.376.800.
En ese orden de ideas, Reyes también puntualizó que declarar no significa pagar impuestos necesariamente. Es decir, si la persona tiene un millón de pesos y realiza 100 transacciones con ese mismo dinero entre las billeteras digitales, probablemente tendrá que declarar, detallando a la DIAN el verdadero estado de sus cuentas.
Estos son los casos en los que usted, como persona natural, debe declarar por concepto de renta ante la DIAN en el año 2024.
@luiscarlosrh♬ original sound – Luis Carlos Reyes
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A través de la página web de la DIAN, la entidad habilitó una opción que usted puede realizar la declaración de renta sugerida. En el siguiente enlace podrá averiguar con el número de identificación tributaria si tiene declaración sugerida de renta: https://www.dian.gov.co/tramitesservicios/Paginas/declaracionsugerida2020.aspx. Recuerde que esta se basa en el registro de información por parte de terceros, mejor conocida como información exógena.