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¿Los tiene? Estas son los productos financieros a los que se les cobra 4×1000
Le explicamos cuáles son los casos en que le aplica este impuesto y cuándo puede quedar exento, ¿aplica en tarjetas de crédito?
El 4×1.000 o también conocido como
‘Gravamen de Movimientos Financieros’ es un impuesto del Gobierno nacional creado en el país en 1998, mediante el decreto 2331. Este tributo se aplica a
las transacciones financieras realizadas por los usuarios del sistema financiero en Colombia.
Según explica BBVA, el impuesto es equivalente al 0.4% del valor de la transacción, lo que quiere decir que, por cada mil pesos que una persona envíe en una transacción, se debe pagar cuatro pesos de impuesto.
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Una pregunta común es si este impuesto se les aplica a todas las cuentas financieras que una persona tenga, especialmente por los nuevos productos financieros que se han creado en los últimos años, tales como las billeteras digitales. Para resolver estas dudas, a continuación le contamos en cuáles productos aplica este impuesto y si puede quedar exento del pago.
¿A qué cuentas les aplica el 4×1000?
La entidad bancaria explica que este impuesto se aplica a todas las transacciones financieras, ya sean depósitos, retiros, pago o transferencias, es decir:
- Aplica en movimientos contables que se configuren en el pago de obligaciones, tales como, por ejemplo, traslados de derechos de cualquier título.
- Se incluyen también las transacciones financieras en las que existan recursos en cuentas corrientes o de ahorro, cuentas de depósito en el Banco de la República o si cuentan con saldos positivos en tarjetas de crédito.
- Si se hacen a través de expedición de cheques de gerencia, también aplica
- Aplica también en las transacciones de débito a fondos comunes ordinarios o fondos de valores.
- En los desembolsos de créditos, ya sean abonados o cancelados al instante.
- En transacciones realizadas a través de billeteras digitales, como Nequi.
Sobre este último punto, vale aclarar que el impuesto solo se cobra cuando se superan unos topes. Según explica Nequi, si la cuenta en esta billetera es un depósito de bajo monto, se debe pagar impuesto.
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Es decir, cuando hay una transacción (sea que se retire, se envíe o se pague algo) por una suma mayor a los $3.059.225 (65 UVT), se le aplicará el impuesto. De lo contario, no tendrá problema con este gravamen.
¿Qué cuentas están exentas?
Asobancaria explica que las excepciones del 4×1000 son:
- Las personas naturales pueden contar con una sola cuenta de ahorros a la que se le aplica la exepción del tributo. Esta cuenta no puede pasar los $14,8 millones en movimientos mensuales, pues en ese caso, igual se aplicaría el 4X1000.
- Los pensionados pueden pedir que la cuenta bancaria en donde reciben su mesada quede exenta del impuesto.
- No se aplica a las cuentas de Ahorro para Fomento de la Construcción (AFC)
- Si las transferencias se dieron entre cuentas corrientes, de ahorros, de ahorro colectivo, de inversiones en la misma entidad bancaria y están al mismo nombre, no se le aplica el impuesto.
- Están exentas las transferencias que se hagan entre inversiones o portafolios que se realicen desde una sociedad comisionista de bolsa, una sociedad fiduciaria o una sociedad administradora de inversiones, vigilada por la Superintendencia Financiera, aunque estas siempre deben estar a favor de un mismo beneficiario.
- Finalmente, la entidad señala que hay que tener en cuenta que desde el 2023, se redujo el 4×1000 a 0,2% para las operaciones de microcrédito.
¿Aplica a las tarjetas de crédito?
Según explicó Daniel Garzón a Bloomberg Línea, aclaró que las compras o pagos que se efectúen con tarjetas de créditos están exentas del impuesto. De igual forma, señaló que para este producto, solo se aplica el impuesto cuando hay saldos positivos, es decir, cuando se hacen pagos adicionales al valor total de la deuda.