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Mesada 13: estas son las personas que la reciben en diciembre
La mesada 13 es un beneficio económico que tienen los pensionados en Colombia y que llega en diciembre.
Con la llegada del fin de año, miles de trabajadores se suelen motivar por cuenta de la llegada de la prima de Navidad, pago que corresponde a la mitad de un sueldo mensual y que complementa el pago que se realiza a mitad de año. Para el caso de los pensionados, en diciembre llega uno de los beneficios económicos más esperados, que es la
mesada 13, un pago adicional al que tienen derecho quienes lograron pensionarse fruto de varios años de trabajo.
La mesada 13 es como una especie de prima navideña que se paga a fin de año y que se llegó a poner en duda su continuidad con la Reforma Pensional. Sin embargo, esta se mantiene y desde el Gobierno dieron un parte de tranquilidad para todos aquellos que la perciben.
¿Qué es y quiénes reciben la mesada 13?
De acuerdo con la ley 100 en su artículo 50,
“Los pensionados por vejez o jubilación, invalidez y sustitución o sobrevivencia continuarán recibiendo cada año, junto con la mesada del mes de noviembre, en la primera quincena del mes de diciembre, el valor correspondiente a una mensualidad adicional a su pensión”. Lo que básicamente quiere decir que los pensionados recibirán una mesada adicional en un solo pago con plazo máximo de mediados de diciembre.
También es importante tener en cuenta que el valor o monto de la mesada 13 es la misma cantidad que se recibe en una mesada habitual, no tienen ningún cambio en ese sentido, y tampoco hay que confundirla con la mesada 14, que es la que reciben algunos pensionados y veteranos de las Fuerzas Militares y Policía que se encontraban en el Régimen de Prima Media.
De acuerdo con el Ministerio de Justicia, estos son los dos casos en las que un pensionado podría solicitar la mesada 14.
- Si la persona fue pensionada antes del 25 de julio de 2005 y su pensión no es superior a 15 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
- Si la persona fue pensionada entre el 25 de julio de 2005 y el 31 de julio de 2011 y su pensión no es superior a 3 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Finalmente, tenga en cuenta que todos los pensionados, ya sea a través de una AFP o Colpensiones, tienen derecho a la mesada 13. La transferencia o consignación se hará de manera habitual durante los primeros quince días del mes de diciembre.