Collage de referencia sobre consumo 'excesivo’ de agua // Fotos: Getty Images

¡Pilas con el consumo ‘excesivo’ de agua! Podrían cobrarle buena plata en el recibo

Tenga en cuenta lo que dice la resolución que expidió la CRA y en cuáles casos aplica, para que no le pase a usted.

Lady Umaña Baquero

La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) expidió la RESOLUCIÓN UAE – CRA 39 DE 2024 con el fin de desincentivar el consumo excesivo de agua en Colombia, especialmente en zonas donde se presenta el fenómeno de El Niño y existe riesgo de escasez.

¿Qué significa esto para usted?

Si su consumo de agua supera el promedio histórico establecido para su municipio o estrato social, podría recibir un cobro adicional en su factura.

El consumo excesivo se define como el consumo que supera el piso térmico establecido para cada municipio o estrato, que son:

– Frío: más de 2.000 metros sobre el nivel del mar.

– Templado: entre 1.000 y 2.000 metros sobre el nivel del mar.

– Cálido: menos de 1.000 metros sobre el nivel del mar.

Según la resolución, estos son los topes que se consideran consumos excesivos:

• 22 metros cúbicos por usuario al mes en ciudades por encima de los 2000 metros sobre el nivel del mar. Bogotá está a 2.625 metros.

• 26 metros cúbicos en ciudades entre los 1.000 y 2.000 metros sobre el nivel del mar

• 32 metros cúbicos de agua en municipios con altitud menor a los 1000 metros a nivel del mar

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¿Cuánto se cobrará por el consumo excesivo?

El valor del cobro adicional dependerá de la cantidad de agua que se haya excedido el piso térmico. La tarifa podría ser hasta dos veces superior a la tarifa normal del agua, pero será la empresa de acueducto quien calcule cuántos metros cúbicos de agua gastó.

La directora de la CRA, Ruth Maritza Quevedo, señaló en Caracol Radio que “si se exceden los topes de consumo, se va a cobrar un sobrecosto que corresponde al metro cúbico (m³) adicional conforme al cargo por consumo en su tarifa”.

¿Cuánto dura esta medida?

Quevedo resaltó que los hogares colombianos debían tener en cuenta que “no hay un incremento en la factura del agua o en la tarifa del servicio, lo que hay es una invitación muy seria para que todos nos unamos al baile de reducir la cantidad de agua que estamos consumiendo en los hogares”.

La medida, según informó la entidad, estará vigente hasta que el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (Ideam) informe que los efectos del Fenómeno de El Niño sobre el déficit de precipitación han cesado. Por lo que actualmente está activa.

Esta norma no aplica para inquilinatos, hogares comunitarios de bienestar y sustitutos, ni para usuarios de las áreas comunes de los inmuebles residenciales bajo el régimen de propiedad horizontal.

¿Qué puede hacer para evitar un cobro adicional?

Realice un seguimiento de su consumo de agua, revise su factura y compare su consumo con el promedio histórico.

Implemente medidas de ahorro de agua como cerrar la llave mientras se lava los dientes o se enjabona en la ducha, repare fugas en su hogar, use inodoros de bajo consumo y recolecte agua lluvia para riego.

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