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Recordemos que, según la Fe Católica, que predomina en Colombia, el Jueves Santo se conmemora la Última Cena de Jesús con los doce apóstoles. Mientras que el Viernes Santo se conmemora la crucifixión y muerte de Jesús. Lo cual mueve a miles de feligreses asistir a las diversas celebraciones religiosas a lo largo del territorio nacional.
Para quienes trabajaron estos dos días, es necesario recordar que por ley, el empleador debe pagarles el respectivo recargo por ser día feriado. Esto claramente aplicándolo en el contexto de la legislación colombiana.
Es decir, si una persona que gana el salario mínimo en 2024, que es de $1.300.000, el día normal lo cobra a $43.333. Para el caso del día festivo, lo cobrará a $75.833. En ese orden de ideas, un empleado que laboró Jueves y Viernes Santo, le deberán pagar $151.670 por esos dos días, pero además, si laboró el Lunes Santo que también fue festivo, serán $227.499.
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En caso de que quiera realizar el cálculo con su sueldo, diferente al mínimo, debe multiplicar el número de horas laboradas por el valor de la hora del trabajo. Luego multiplicar la hora de trabajo por el número de horas laboradas por 0.75 y finalmente sumar ambos resultados.
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