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¿Qué hacer si no le pagan los intereses de las cesantías? Aquí el paso a paso

No se preocupe, que si no tiene dinero, puede recibir asesoría gratuita.

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Al momento de recibir el pago de los intereses de las cesantías es importante revisar que el valor sea el correcto. El Ministerio de Justicia explica en su página web las acciones que pueden hacer las personas en caso de que un empleador no le pague los intereses de las cesantías.

En primer lugar, la entidad señala la importancia de conversar inicialmente con el empleador para intentar llegar a un acuerdo. Esto se debe hacer antes de acudir a cualquier autoridad.

Ver también: Intereses de cesantías: ¿a qué trabajadores no les aplica?

Si la conversación con el empleador no tuvo éxito, la entidad señala que se puede acudir a ciertas autoridades para recibir asesoría.

Si no logró llegar un acuerdo con su empleador, usted puede acudir al inspector del trabajo, con el fin de recibir asesoría, presentar una queja por el incumplimiento de las obligaciones o en ciertos casos, intentar una conciliación sólo sobre los derechos que el trabajador puede negociar, como el caso de las indemnizaciones o la forma y plazos para el pago de lo que le deben.  Para más información, orientación o inquietudes sobre el procedimiento ante el inspector de trabajo, podrá comunicarse desde su teléfono fijo al número gratuito 01 8000 513 100, o desde su celular con la línea de atención del Ministerio de Trabajo 120”, se lee en la página web.

Se debe tener en cuenta que si la persona afectada quiere intentar una conciliación y no hay inspector del trabajo, puede acudir a las siguientes entidades. Si no tiene dinero, no se preocupe, pues allí puede recibir asesoría gratuita:

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En caso de que el afectado haya intentado conciliar o no haya obtenido resultados favorables para él, puede presentar una demanda ante el juez laboral del último lugar donde se prestó el servicio o en el domicilio del demandado.

Se debe tener en cuenta que si el valor del dinero no supera los 20 salarios mínimos mensuales, se puede presentar una demanda sin abogado ante el juez de pequeñas causas (si existe en el municipio que reside el afectado).


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