Qué moto no pagan impuesto en Colombia: Esto dice la norma según el cilindraje (Getty Images)

Policía haciendo revisión de papeles a una moto en las calles de Bogotá (Getty Images)

¿Qué motos no pagan impuesto en Colombia? Esto dice la norma según el cilindraje

Estas son las únicas motos que están exentas del gravamen por impuesto vehicular, aunque tienen la obligación de otro pago clave

amrodriguezo
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El impuesto vehicular es un gravamen obligatorio que deben pagar todas aquellas personas que tengan posesión sobre vehículos que se encuentren en el territorio nacional. Este pago lo deben hacer los propietarios y poseedores una vez al año.

Entre los vehículos responsables de este impuesto están las motos, no obstante, no todos estos tipos de automotores deben pagar el gravamen. Existen algunas excepciones que se determinaron de acuerdo con el tipo de cilindraje del vehículo. Le contamos lo que dice la normativa y otros descuentos a los que se puede acceder para este impuesto. 

Las motos que están exentas del impuesto

La Ley 488 de 1998, en el artículo 141, establece cuáles son los vehículos que son gravados con el impuesto de vehículos, entre los que se encuentra tanto automotores nuevos, usados y los que se encuentran temporalmente en el país.

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Según determina la normativa, los únicos vehículos que están exentas del pago del impuesto vehicular son las bicicletas, motonetas y motocicletas que tengan igual o menos de 125 c.c. de cilindraje. Los automotores que tengan más de ese cilindraje, deberán pagar el impuesto.

Vale recordar que, a pesar de que están exentos del impuesto vehicular, estos vehículos sí tienen la obligación de pagar los derechos de semaforización. Ese impuesto lo pagan los propietarios de los vehículos, sin importar el tipo de automotor que sea. El costo es de 2 salarios mínimos diarios legales vigentes, que equivale en 2024 a $87.000 pesos. 

¿En cuánto está el impuesto para motos?

Para las motocicletas que tengan más de 125 cc de cilindraje, se fijó una tarifa de 1.7% que se aplica al avalúo. Para consultar el avalúo, tan solo será completar algunos datos en esta página. Lo único que necesitará será el modelo, el tipo de vehículo, su nombre y cédula. 

Leer más: Atento al dato: ¿por qué matricular el carro fuera de Bogotá? Podría ahorrarse una platica

En Bogotá, como una manera de incentivar la compra de vehículos eléctricos, ofrece algunos descuentos en el impuesto para este tipo de automotores. Con esta medida, las motocicletas eléctricas que se matriculen en la capital tendrán derecho a un descuento del 60% en el impuesto por los siguientes 5 años a la compra. 

Fecha de pago

En el caso de Bogotá, la fecha límite de pago con un descuento del 10% es hasta el viernes 24 de mayo y sin descuento es hasta el 28 de junio. En Antioquia, la fecha límite de pago con 20% de descuento es el 19 de abril. Sin descuento, es hasta el 20 de julio. Si se encuentra en otro lugar, deberá dirigirse directamente en la página de su Gobernación.

¿Dónde se puede pagar el impuesto?

En la capital, la Secretaría de Hacienda de Bogotá dispone de tres canales para efectuar el pago, estos son:

  • A través de la oficina virtual de la Secretaría de Hacienda
  • De manera presencial, en las entidades bancarias autorizadas
  • Por medio de canales electrónicos, como portales bancarios, cajeros electrónicos y corresponsales financieros.

Si va a hacer el pago a través de la oficina virtual, que encontrará en la página oficial de la Secretaría, deberá registrarse con su correo electrónico y contraseña. En esta misma plataforma, también podrá revisar el histórico de pagos, sus recibos y toda la información sobre su automotor. De igual forma, por este canal también podrá cancelar los derechos de semaforización. 

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