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¿Qué pasa si lo despiden o renuncia antes del pago de la prima de mitad de año?

Las empresas tienen hasta el 30 de junio como plazo máximo para abonar la prima a las cuentas de sus colaboradores.

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El mes de junio es uno de los favoritos de millones de trabajadores, pues con él viene un dinero extra que da un importante alivio a los bolsillos de muchos. Se trata del pago de la prima de mitad de año, uno de los más anhelados.

Cabe destacar que, la prestación de la prima de servicios consiste en un mes de salario por cada año de trabajo o proporcional si ha trabajado menos y es pagada en dos cuotas, una en el primer semestre del año, es decir junio, y la otra finalizando, en diciembre.

En este caso, la prima de mitad de año constituye un monto adicional al salario mensual que los trabajadores tienen el derecho a recibir, esto de acuerdo con lo establecido en el Código Sustantivo del Trabajo.

“El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado”, especifica el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo.

Es importante aclarar que no todos los trabajadores tienen derecho a esta prestación, este beneficio solo aplica para quienes cuentan con un contrato laboral formal, en el que se incluyen las prestaciones sociales.

¿Qué pasa si lo despiden o renuncia antes del pago de la prima de mitad de año?

Si un trabajador es despedido de su trabajo o renuncia entes del 30 de junio, plazo máximo que tiene las empresas para abonar la prima a las cuentas de sus colaboradores, es importante que sepa que de todas formas tiene derecho a ser acreedor de esta, según lo establece el Código Sustantivo del Trabajo.

Así las cosas, el empleado debe recibir una parte proporcional de la prima correspondiente al tiempo que ha trabajado durante el semestre de enero a junio.

En este caso, debe tener en cuenta que el pago de la prima lo recibirá cuando la persona obtenga la indemnización.

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