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¿Qué vehículos tendrán un aumento del 18,4% en el valor del SOAT?

Conozca los vehículos a los que aplica el mayor aumento en la tarifa del SOAT, determinada por la Superintendencia Financiera.

amrodriguez
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Vehículos a los que no aplica el descuento del SOAT - Crédito: Colprensa
La Superintendencia Financiera actualizó las tarifas del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, SOAT, que comenzaron a regir a partir del 10 de enero de 2024, este aumento fue del 10,97% para vehículos que cuentan con el descuento del 50% y del 18,4% para las categorías a las que no les aplica el descuento.

Este seguro es obligatorio para todos los vehículos que transiten por el territorio nacional, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 42 del Código Nacional de Tránsito. Este se debe actualizar de manera anual y el valor será determinado dependiendo las características de cada vehículo, como el tipo del carro, el cilindraje y la antigüedad, así que estas tarifas publicadas por la Superfinanciera con el tope de lo que pueden cobrar las aseguradoras autorizadas.

Es importante que todos los conductores tengan este seguro, pues cubre entre otras cosas los gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos, hospitalarios y funerarios de las personas involucradas en un accidente de tránsito. Esta cobertura se determina según el Decreto 780 del 2016 modificado por el Decreto 244 de 2022.

Vehículos que tendrán aumento del 18,4 en el SOAT

Si bien el Gobierno anunció que se mantendría el descuento del 50% para algunos vehículos, determinadas categorías sí vieron el incremento del 18,4% en el precio total del seguro y no podrán adquirir el SOAT con un descuento. 

  1. Motocicletas de más de 200 c.c., el valor del SOAT para estas motos puede superar incluso el valor pagado por algunos carros.
  2. Vehículos particulares, rango de precios de $864.500 a $1.389.500.
  3. Vehículos de carga, tarifas desde $968.800 a $1.768.900.
  4. Vehículos de servicio oficial, valores desde $ 1.090.100 y $1.647.600.
  5. Vehículos de uso agrícola.
  6. Vehículos de uso especial.

Los vehículos que no hagan parte de alguna categoría podrán comprar el seguro con descuento en alguna de las aseguradoras y compañías autorizadas. Estas se pueden consultar en la página web de la Federación de Aseguradores Colombianos, Fasecolda, para evitar estafas.

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Multas por no tener el seguro vigente

De acuerdo con el artículo 131 del Código Nacional de Tránsito, los conductores que no cumplan con las normas de tránsito, establecidas en ese documento, serán sancionados con multas, cuyo valor dependerá del tipo de infracción cometida.

En el caso de transitar sin SOAT por el territorio nacional, la multa corresponde a la categoría D2. Así, los conductores que sean sorprendidos cometiendo una infracción de este grupo serán sancionados con una multa equivalente a 30 salarios mínimos legales diarios vigentes, que para 2024 equivale a $1.300.000.

Además de la multa, el vehículo será inmovilizado y llevado a los patios y el conductor deberá cubrir con los gastos de grúa y del tiempo que el vehículo se encuentre inmovilizado. El valor es de $66.300 diarios durante los primeros 7 días, luego de $41.167 por entre ocho y 30 días, y después del día 30 el valor diario será de $13.00 pesos para carro particular.

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