Dicha cuota se paga generalmente de forma mensual y es obligatoria. Los propietarios de vivienda que no cumplan con los pagos podrían tener algunas consecuencias como sanciones sociales, monetarias o restrictivas. Por ejemplo, cuando se incurre en mora, la administración del conjunto puede publicar un listado de morosos, aunque estas deben estar ubicadas en los espacios de tránsito interno.
Si los propietarios morosos persisten sin pagar la cuota de administración, la deuda empieza a generar intereses y se les puede aplicar multas que: “no podrán ser superiores a 2 veces el valor del pago de la administración mensual. Estas se pueden colocar más de una vez y ser acumuladas sin que supere 10 veces el valor del pago de la administración mensual”.
Las sanciones restrictivas tienen que ver con la prohibición de uso y goce de algunas zonas comunes de los conjuntos como el gimnasio, salón comunal, áreas de juegos o piscina, según el caso. Lo que está prohibido es que la administración pueda suspender servicios como citófonos, acceso de visitantes o ingreso o salida de muebles por parte del propietario moroso.
@jazminrosaperez El pago de Administración en Propiedad Horizontal 😱 Esta pregunta me gusta mucho porque es de las cosas que más pasan en la Propiedad Horizontal. Los propietarios se quejan de pagar administración porque no hay piscina, canchas o parques entregados. Me gustaría aportar a mi respuesta, que aún cuando no hay zonas comunes no escensiales en servicio, se debe pagar servicios públicos, acueducto de la copropiedad, recolección de basura, aseo, se presta el servicio dela vigilancia, las zonas verdes, el mantenimiento de los equipos de bombeo, entre otras cosas. Por eso es que aún cuando no vida en la propiedad o no hayan entregado todas las zonas comunes no escenciales se debe cancelar a tiempo la administración en Propiedad Horizontal. Si tienes alguna inquietud de propiedad horizontal, escríbeme . . . #propiedadhorizontal #propiedadhorizontalcolombia #edificios #conjuntosresidenciales ♬ sonido original – Jazmín Rosa
Sin embargo, hay que hacer la salvedad que, ya sea que la cuota quede dentro o por fuera del canon de arrendamiento, todo debe quedar expresamente incluido en el contrato de arrendamiento.
Por otro lado, quienes no están obligados a pagar la cuota de la administración so todos aquellos propietarios cuya vivienda no se encuentra en propiedad horizontal o que se rijan bajo administración de conjuntos. También debe tener en cuenta que existen condominios de casas que también deben pagar una cuota de administración.
Vale la pena aclarar que así un propietario alegue no vivir o usar el inmueble, este debe solventar los gatos por concepto de servicios públicos y la cuota de administración.