Siguen avanzando las conversaciones en la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales en la sede del Ministerio del Trabajo. El objetivo de esta es que los gremios económicos, empresariales y centrales obreras se pongan de acuerdo para definir el porcentaje de incremento que tendrá el salario mínimo de cara al año 2025. Hasta el momento se están escuchando las propuestas y el plazo máximo que hay para definir la cifra es el 30 de diciembre de 2024, de tener un acuerdo, este se fijará mediante un decreto por parte del Gobierno nacional.
Para definir el aumento se tienen en cuenta factores como la inflación, el porcentaje de crecimiento económico y la productividad, entre otros, sin embargo, a esta comisión llegan las propuestas de las partes para el aumento. Según el MinTrabajo, el Comando Nacional Unitario que representa a los trabajadores propuso un 12%, mientras que Acopi, gremio empresarial, sugirió que es pertinente un 5,2%, porcentaje que corresponde al dato de variación del IPC de noviembre 2024.
Por ahora, la ministra Gloria Ramírez ha destacado los avances que se tienen en materia de concertación. Asimismo, recordó que el próximo 15 de diciembre se vence el primer plazo para llegar a un acuerdo, por lo que seguirán trabajando en sesiones ordinarias los próximos días para tratar de concertar la cifra para el 2025. Recordemos que actualmente, el salario mínimo se encuentra en $1.300.000 más el auxilio de transporte que son $162.000.
De acuerdo con cifras reveladas por el Ministerio del Trabajo, son alrededor de 2.6 millones de trabajadores que ganan 1 salario mínimo. No obstante, el aumento podría llegar a impactar a más de 10 millones y medio de colombianos y colombianas. ESTO teniendo en cuenta que los trabajadores informales representan más del 50% de la fuerza laboral en el país.
Según Valora Analitik, las discusiones sobre el salario mínimo van más allá de quienes, por contrato, perciben este sueldo. Pues algunas compañías o empleadores realizan el ajuste sobre esa cifra concertada, además de otorgar algunos beneficios por metas alcanzadas.
También se debe tener en cuenta que la Corte Constitucional argumenta que el Estado debe actuar en la medida de que se pueda conservar el poder adquisitivo del salario, por lo que los reajustes deben realizarse de acuerdo con el IPC del año en curso, es decir, con la variación de la inflación que, en noviembre, se ubicó en 5,2%.
En ese orden de ideas, el aumento del salario mínimo aplicaría para aquellos que trabajan en la informalidad o como independientes. También para quienes laboran mediante la modalidad de prestación de servicios o que devengan un salario integral.
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