La reducción de la jornada laboral en Colombia se rige bajo la Ley 2101 de 2021, donde se exige a los empleadores del sector privado reducir de manera gradual la jornada: de 48 horas a 42 horas semanales, como una forma de equilibrar el tiempo de los trabajadores del país. Esta ley entró en vigor desde el 16 de julio del 2023 pasando a 47 horas laborales a la semana. El próximo 15 de julio volverá a reducirse la jornada y esta pasará a 46 horas.
Vale la pena aclarar que esta ley no influye en el salario de los trabajadores ni tampoco en sus garantías y derechos adquiridos. No obstante, sí influye directamente en otros ítems como: horas extras, pagos por dominicales, festivos y recargos nocturnos.
Asimismo, aumenta el valor de la hora que, según la fórmula del Gobierno, el monto del salario debe dividirse por 230 horas mensuales. Lo cual representa para el salario mínimo que la hora laborada valga $5.652.
También es importante recordar que la reducción de la jornada laboral no aplica para todos los trabajadores. Entre la población que no gozará de la reducción de jornada laboral están:
Servidores Públicos
Personas cuyas labores sean especialmente insalubres o peligrosas. “El Gobierno podrá ordenar la reducción de acuerdo con dictámenes al respecto”.
Trabajadores con jornadas laborales inferiores de trabajadores con horarios especiales “como la de menores de edad que trabajan con contrato laboral y con permiso del Ministerio de Trabajo”.
La norma NO excluye a los ciudadanos que trabajan en las empresas del Estado, cuya relación laboral se rige bajo el Código Sustantivo del Trabajo.
Uno de los incentivos que se acabaría con la implementación de la reducción de jornada laboral es la del Día de la Familia que, según la Ley 1857 de 2017, debe otorgarse una vez por semestre, es decir, dos días al año. Según el Ministerio del Trabajo, estos días libres para el trabajador dependen de la manera en que el empleador implemente la reducción de la jornada laboral.
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Si la reducción se realiza de manera inmediata por parte del empleador, este queda exonerado de otorgar los incentivos al trabajador(a), sin embargo, si adopta la medida de forma gradual, las “Obligaciones serán ajustadas de forma proporcional de común acuerdo entre el trabajador y el empleador y una vez el empleador termine totalmente de implementar de manera gradual la jornada máxima legal, es cuando regirá la exoneración de las mencionadas obligaciones”.
En el año 2025 nuevamente se reducirá la jornada laboral a 44 horas y en el año 2026 se reducirá por completo a 42 horas semanales.
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