El mes de junio se ha convertido en uno de los más anhelados por los trabajadores colombianos, pues en este reciben un pago adicional en la nómina que da un gran alivio a los bolsillos.
Se trata del pago de la prima de servicios, un beneficio otorgado por los empleadores en retribución por los beneficios económicos y sociales que obtiene del trabajador.
Esta prestación consiste en un mes de salario por cada año de trabajo o proporcional si ha trabajado menos y es pagada en dos cuotas, una en el primer semestre del año, es decir junio, y la otra finalizando, es decir en diciembre.
La prima de mitad de año constituye un monto adicional al salario mensual que todos los trabajadores tienen el derecho a recibir de acuerdo a lo establecido en el Código Sustantivo del Trabajo.
Las empresas tienen plazo hasta el 30 de junio para abonar la prima a las cuentas de sus colaboradores, según detalla el Código Sustantivo del Trabajo.
Según establece la ley, todo empleado que tenga un contrato con todas las prestaciones sociales tiene derecho al pago de esta prestación sin importar el tiempo que lleve vinculado a la empresa.
No obstante el valor del pago de esta debe ser proporcional al tiempo laborado según el periodo. Es decir que si un empleado lleva un mes trabajando en la empresa recibirá prima por esos 30 días de servicio.
El cálculo para la prima de servicios se hace teniendo en cuenta el salario base devengado por el trabajador durante el semestre o año correspondiente y dividiéndolo por 360 días.
Si el trabajador laboró menos días, el cálculo se realiza con base en el número de jornadas efectivamente trabajadas.
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