Diciembre y enero es una de las temporadas con mayor demanda de vuelos hacia diferentes destinos nacionales e internacionales. En estas fechas, muchas personas buscan reunirse con sus familias o, por el contrario, prefieren despedir el año en lugares fuera de casa, con la esperanza de que un viaje así les traiga más aventuras durante el año que comienza.
Sin embargo, existen factores externos que pueden provocar la pérdida o cancelación de vuelos. Si te encuentras en esta situación, no te preocupes: la Superintendencia de Transporte cuenta con una guía sobre los derechos y deberes de los usuarios de aerolíneas que operan en el país.
Ante esto, la superintendente de Transporte, Ayda Ospina, aseguró:
«Es importante prestar especial atención a las quejas interpuestas ante la SuperTransporte sobre el modo aéreo, pues representan un alto porcentaje y son una fuente recurrente de insatisfacción entre los usuarios. En la Entidad trabajamos para proteger los derechos de los ciudadanos, además de socializar sus deberes. Para ello, contamos con programas, actividades y material informativo que orienta a los usuarios sobre cómo actuar frente a situaciones como la cancelación de vuelos, cambios de reservas, demoras, entre otras.»
La Superintendencia explica que existen dos tipos principales de cancelaciones:
1. Por causas externas, como condiciones climáticas:
En estos casos, la aerolínea está obligada a proporcionar información completa, veraz, transparente y verificable. Además, el usuario tiene derecho a exigir la devolución total del valor pagado por el tiquete, sin costos adicionales ni penalidades.
2. Por razones atribuibles a la aerolínea
Si el vuelo se cancela por razones propias de la empresa, el pasajero no solo tiene derecho a la devolución total del valor pagado, sino también a una compensación mínima del 30% del trayecto afectado en efectivo, salvo que prefiera otra opción.
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Las demoras en los vuelos son unas de las quejas más frecuentes ante la Superintendencia. Para estos casos, la guía establece los siguientes derechos según el tiempo de espera:
• Demora entre 1 y 3 horas: la aerolínea debe ofrecer un refrigerio y una llamada de hasta 3 minutos.
• Demora entre 3 y 5 horas: además de lo anterior, se debe proporcionar una comida acorde con la hora.
• Demora superior a 5 horas: el pasajero tiene derecho a una compensación de al menos el 30% del valor del trayecto afectado, pagadera en efectivo o en la modalidad que prefiera.
• Demora después de las 10 de la noche: la aerolínea está obligada a cubrir los gastos de hospedaje y el transporte entre el hotel y el aeropuerto.
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