En la revisión técnico- mecánica se revisan condiciones como: llantas y vidrios, estado de frenos, suspensión, dirección, funcionamiento del sistema mecánico y eléctrico, nivel de emisión de gases y estado de la carrocería. Esta debe realizarse en un Centro de Diagnóstico Automotor, que expedirá ante el RUNT la aprobación por un año o la desaprobación, donde el conductor deberá revisar y reparar los ítems que le dieron desde el CDA.
Recuerde que tener la revisión técnico-mecánica vigente es un requisito indispensable para poder circular en Colombia. De no tenerla, se puede exponer a una multa de 15 SMDLV y la posible inmovilización del vehículo, lo que conlleva también a asumir gastos de patios y grúa.
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Nuevas medidas de control para expedición de licencias de conducción para motos
Según el MinTransporte, estos son los vehículos que tienen la obligación de realizar este procedimiento:
Vale la pena recordar que la RTM se hace anualmente, sin embargo, hay algunas excepciones. Por ejemplo, los carros de servicio particular hacen la RTM a partir de los 6 años a partir de la fecha de matrícula. Posterior a eso, debe hacerse cada año.
Los vehículos de servicio público, escolar y turismo hacen la primera revisión dos años después de la matrícula. Después de eso, deben hacerla cada año.
Las motocicletas que fueron matriculadas en 2024 y 2025 no deberán hacer la RTM este año. “Los vehículos nuevos de servicio público, así como las motocicletas y similares, se someterán a la primera revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes al cumplir dos (2) años contados a partir de su fecha de matrícula”, dice el artículo 52 de la ley 2293 de 2023.
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