Arriendo 2025

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¿Cuánto es lo máximo que podría subir el arriendo en 2025 si paga 1 millón de pesos?

Con el dato de inflación de 2024 indicado por el DANE, estas son las cuentas que debe hacer sobre el aumento en el arriendo para este año.

jcarreno
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El Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) dio a conocer el pasado jueves 9 de enero el dato de inflación correspondiente al año 2024. De acuerdo con la entidad, el Índice de Precios al Consumidor se ubicó en 5,2%, el cual es tomado como base para incrementos en sectores como servicios, alimentos, educación, hotelería y restaurantes, entre otros.

De acuerdo con el DANE, la educación representó la división con mayor variación anual con un 10,62%, seguido por los re4staurantes con un 7,87%, los servicios como el agua y electricidad con un 6,96% y las bebidas alcohólicas con un 5,57%. Vale la pena mencionar que durante el último semestre del 2024 la inflación cedió y, asimismo, las tasas de interés, puesto que el año inmediatamente anterior se ubicó en 9,28%.

El Gobierno espera que el costo de vida para los colombianos siga en descenso y al final de este 2025 el IPC logre ubicarse en un 3%. Entre tanto, que el salario mínimo pueda ir aumentando su poder adquisitivo, pues para 2025 este tuvo un incremento del 9,54% llegando a $1.423.500 más el auxilio de transporte que quedó en $200.000.

¿Cuánto suben los arriendos en 2025?

 

En Colombia hay más de 50 millones de personas. Se calcula que hay unos 18 millones de hogares y de estos, según el DANE, más del 40% vive en modalidad de arriendo o subarriendo. En Colombia la norma que rige los contratos de arrendamiento es la 820 de 2003, donde se especifica que el alza del canon de arrendamiento, es decir el dinero que el inquilino le paga mensualmente por el disfrute del inmueble a su propietario, solo podrá subir transcurridos 12 meses de la firma.

«El arrendador que opte por incrementar el canon de arrendamiento, deberá informarle al arrendatario el monto del incremento y la fecha en que se hará efectivo, a través del servicio postal autorizado o mediante el mecanismo de notificación personal expresamente establecido en el contrato, so pena de ser inoponible al arrendatario. El pago por parte del arrendatario de un reajuste del canon, no le dará derecho a solicitar el reintegro, alegando la falta de la comunicación», explica el artículo 20 de la ley 820 de 2003.

Esto quiere decir que los arriendos no suben desde el 1 de enero sino cuando el contrato cumple un año. Los arrendatarios solo podrán hacer un incremento con base en la inflación del año anterior. En este caso, solo podrán aumentar un 5,2%. En ese orden de ideas, para un hogar que paga un millón de pesos de arriendo, lo máximo que le podrían subir cuando cumpla el año en 2025 son 52 mil pesos, lo que quiere decir que el nuevo canon sería de $1.052.000.

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