La primera incursión en el mundo laboral está llena de retos que conllevan nuevas responsabilidades a la hora de trabajar. Cumplir horario, alcanzar metas, planificar actividades, entre otras cosas hacen parte de lo que implica estar en el mundo laboral.
Dentro de las nuevas dinámicas que trae la vida adulta está el cotizar pensión, lo que lo acerque a cada uno a la esperada jubilación. Esta es una estapa anhelada por muchos que buscan dejar atrás el trabajo para descansar, y dedicarse a proyectos personales, disfrutar de la familia, entre otras cosas.
En Colombia existen dos tipos regímenes pensionales para cotizar las semanas trabajadas en cada periodo de trabajo: el Fondo Público de Pensiones, o las entidades asocidadas a la Administradora del Componente Complementario de Ahorro individual (ACCAI). El régimen público es administrado por Colpensiones, mientras que las ACCAI están compuestas por Porvenir, Protección, Colfondos, Skandia, Old Mutual (Skandia).
Actualmente, la legislación colombiana indica que para pensionarse se necesita cumplir con 1.300 semanas cotizadas, es decir, 26 años aproximadamente, y cumplir con la edad mínima. La jubilación legal para las mujeres está desde los 57 años, mientras que los hombres pueden solicitarla, a partir de los 62 años.
Este interrogante plantea varias visiones al respecto, ya que depende de diversos factores como edad, ingresos, tipo de trabajo, entre otros aspectos. “Lo cierto es que cada caso es muy aparte y requiere de un estudio riguroso con las características de cada persona”, expresó Jaime Gañán, especialista en derecho de la seguridad social y derecho laboral y docente investigador, para el diario El Colombiano.
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Es importante comenzar a ahorrar, y cotizar pensión desde que se comienza a trabajar, para que este beneficio no se extienda, o incluso, no se pueda acceder por no cumplir con los requisitos. Ante este escenario, no hay una respuesta exacta, ya que si bien los dos ofrecen condiciones similares, hay que tener en cuenta varios aspectos.
Vale mencionar que el monto que recibe una persona al pensionarse es equivalente al dinero que aportó durante sus años productivos, y lo que aportó en los 26 años de cotización. Asimismo, el tralado de un fondo privado a Colpensiones, o viceversa es totalmente posible. Para ello, hay que acreditar 5 años de permanencia en el régimen contrario, y no sobrepasar la edad establecida (46 años en mujeres y 51 años en hombres.
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