Lo anterior aplica para quienes no ingresan al régimen de transición, el cual indica que, si una mujer cumple con 750 semanas y el hombre con 950 semanas cotizadas antes del 1 de julio, seguirán regidos por la Ley 100 de 1993, la cual tiene el régimen de prima media administrado por Colpensiones y el de ahorro individual administrado por las AFP.
En Colpensiones, cerca de 350 mil afiliados tienen ingresos superiores a 2,3 salarios mínimos, estas personas son las que tienen el plazo del 16 de enero para elegir una ACCAI. Debido a la autorización de la Superintendencia Financiera de Colombia, actualmente hay cuatro disponibles: Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia, antes llamadas Administradoras de Fondos de Pensiones.
Los ciudadanos que no están cobijados con el régimen de transición y que antes de la reforma estaban afiliados a una AFP, ganan más de 2.3 SMMLV, NO tienen que escoger una ACCAI, pues continuarán en la que ya pertenecían. Si usted no sabe en qué fondo estaba cotizando, puede consultar con su número de identificación en el Registro único de Afiliados del portal Sispro o dando clic aquí.
De acuerdo con Andrés Velasco, presidente de Asofondos en diálogo con Noticias Caracol: “quienes devenguen más de los 2.3 SMMLV deberán entrar a las páginas web de estas instituciones o a la página de Asofondos y desde ahí podrá hacer la afiliación para pertenecer a la ACCAI y empezar a cotizar a partir del 1 de julio de 2025”.
Es importante que antes de elegir una ACCAI revise muy bien las condiciones y rendimientos que ofrece cada una de estas para que elija la que más se ajuste a sus necesidades.
En caso de que usted cumpla con los requisitos anteriores y no elija una ACCAI antes del 16 de enero, el Gobierno podrá asignarle una autorizada de manera aleatoria, aunque los trabajadores podrán cambiarse cada seis meses, si así es su deseo, según comentó el presidente de Asofondos.
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