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¡Un dineral! Esto es lo tendría que pagar si incumple el Día sin carro y moto en Bogotá
¿Pensaba sacar su vehículo? Pilas porque podría incurrir en graves sanciones.
La capital colombiana se alista para una nueva jornada de
Día sin carro y sin moto, una iniciativa que se ha implementado durante varios años en distintas ciudades del mundo con el propósito de generar conciencia sobre el impacto ambiental del uso excesivo de vehículos motorizados.
Esta medida busca no solo mejorar la calidad del aire, reduciendo significativamente las emisiones contaminantes, sino también fomentar el uso de alternativas de movilidad más sostenibles, como la bicicleta y el transporte público. Además, permite que los ciudadanos experimenten una ciudad con menos ruido y tráfico, promoviendo hábitos más responsables y amigables con el medioambiente
«Tiene como fin fomentar un uso eficiente de los vehículos particulares y promover estrategias de cultura ciudadana enfocadas en mejorar la calidad del aire y la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI)», se lee en la página oficial de la alcaldía.
La jornada iniciará el próximo jueves 6 de febrero desde las 6 de la tarde, hasta las 9 de la noche, donde los capitalinos podrán disfrutar de caminatas y rutas en bicicleta.
¿Qué carros SÍ pueden transitar este día?
Hay ciertos vehículos que tienen excepción, le contamos cuáles son:
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- Vehículos de transporte público
- Vehículos conducidos por personas con discapacidad o para su transporte
- Vehículos de emergencia
- Transporte escolar plenamente identificado
- Transporte con capacidad para movilizar a más de 10 pasajeros
- Vehículos para operativos de las empresas de servicios públicos
- Vehículos de transporte de valores
- Motocicletas de empresas, plataformas tecnológicas o establecimientos de comercio, que prestan el servicio de mensajería y/o domicilio con la plena identificación.
- Vehículos destinados al control del tráfico y grúas que prestan el servicio a la Secretaría Distrital de Movilidad.
- Caravana presidencial
- Vehículos militares, de Policía Nacional y de Organismos de Seguridad del Estado y CTI seccional Bogotá, así como los que estén acompañados por esquemas de seguridad de la Policía Nacional.
- Vehículos de servicio diplomático o consular
- Motocicletas de vigilancia y seguridad privada autorizadas
- Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección
- Vehículos propulsados por motores eléctricos o cero emisiones
- Carrozas fúnebres
- Vehículos destinados para el control operacional y mantenimiento del Sistema Integrado de Transporte Público.
¿Qué pasa si no cumple con esta medida?
¡Pilas! Por qué si no toma la medida podría incurrir en sanciones y multas establecidas por el Código Nacional de Tránsito, quienes no cumplan y saquen su vehículo tendrán una sanción c14, lo que traduce a $604.100 y la inmovilización del vehículo.
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